
¿QUE ES EL KIT CONSULTING?
Haber sido beneficiario de Kit Digital no te impide solicitar el Bono de Asesoramiento Digital de Kit Consulting. Ambas ayudas son distintas y complementarias entre sí.


¿Cuál es la ayuda?
Se trata de un Bono de Asesoramiento Digital dotado de una cuantía que deberás emplear en la contratación de los servicios de asesoramiento. La cuantía varía en función del tamaño que tenga tu empresa:
De 10 a 49 empleados: 12.000 €
De 50 a 99 empleados: 18.000 €
De 100 a 249 empleados: 24.000 €
SOMOS ASESOR DIGITAL DEL KIT CONSULTING
Llevaremos a cabo el servicio de asesoramiento elegido por usted y le guiaremos en los pasos que debe seguir para continuar con su proceso de digitalización.
Requisitos para solicitar la ayuda
Para acceder a estas ayudas, las pequeñas y medianas empresas solicitantes deberán cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las bases del programa:
- Tener domicilio fiscal en territorio español.
- Tener la consideración de pequeña o mediana empresa.
- Estar inscrito en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, que debe reflejar la actividad económica efectivamente desarrollada a la fecha de solicitud de la ayuda, y tener la antigüedad mínima que se establezca en las convocatorias.
- No tener la consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el Mercado Común.
- No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en la Ley General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas de minimis.

¿Cómo solicitar la ayuda?
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01. Presenta tu solicitud a través de la plataforma de Acelera pyme, por medio de un formulario electrónico.
Deberá aportar el NIF, la razón social de la persona jurídica, el domicilio fiscal y la autorización para la consulta automatizada. * Este paso podemos realizarlo nosotros en representación de su empresa. - 02. A partir de la presentación del formulario, se comprobará que cumple con los requisitos previos indispensables para la concesión de la ayuda.
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03. Tras verificar el cumplimiento de los requisitos, se te notificará si se te concede la ayuda mediante la entrega de un Bono de Asesoramiento Digital.
Se trata de una gestión rápida y cero papeles.
Una vez concedido el bono
- 01. Elige el servicio o servicios que mejor se adapten a tu negocio.
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02. Firma del Acuerdo de Prestación de Servicios de Asesoramiento.
Dispones de 3 meses desde la concesión del bono para firmar el primer acuerdo. El plazo para la presentación del resto de acuerdos finalizará el 31 de mayo de 2025 a las 23:59 horas y solo podrá firmarse un acuerdo por cada categoría. -
03. La prestación del servicio de asesoramiento comienza con la firma del acuerdo y concluye con la emisión de la factura en máximo de 3 meses
El beneficiario abonará el importe del IVA correpondiente. - 04. A partir de la fecha de la factura se abre un plazo de 5 meses para la justificación del trabajo realizado por parte del asesor digital
- 05. Una vez presentada la justificación, Red.es la valida y abona el importe de la ayuda al asesor digital.